Nuevo Decreto Ley regulador del alquiler de temporada y habitacional
Con fecha 24 de abril de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) el Decreto Ley 6/2024, de medidas urgentes en materias de vivienda, por el que se complementa la Ley estatal en materia de arrendamientos vacacionales; y se establece un régimen sancionador que garantiza la efectiva aplicación de la limitación del precio de los arrendamientos.
Este cuerpo legal incorpora medidas para reforzar la capacidad de la Generalitat para incrementar el Parque Público de Viviendas.
Supone la introducción de una nueva regulación de los arrendamientos de temporada, mediante la distinción entre los contratos de temporada con fines profesionales, laborales, de estudios, de atención o asistencia médica o concreta; y los contratos temporales con fines vacacionales, recreativos o culturales. Los primeros, se asimilan a los arrendamientos ordinarios de vivienda, es decir, se someten al régimen de limitación de rentas. Sin embargo, los últimos quedarán fuera de dicha asimilación.
Se establece la importancia y la obligación de la acreditación de la causa o finalidad del arrendamiento.
Este nuevo Decreto ley modifica diversos artículos de la Ley 18/2007, del Derecho a la vivienda pues, introduce una serie de obligaciones en materia de publicidad e información en las ofertas y contratos de arrendamiento, tales como la imperatividad de informar el precio de referencia del alquiler que resulta de la aplicación del sistema de índices, la renta del último contrato vigente de los últimos cinco años en la vivienda, y la condición de gran tenedor del Propietario, en el caso que la vivienda estuviese ubicada en una zona de mercado residencial tensado.
Asimismo, se establece un derecho de tanteo y retracto en beneficio de la Generalitat en el caso de viviendas propiedad de un gran tenedor persona jurídica inscrita en el registro de grandes tenedores de viviendas.