Impuesto sobre Sociedades · Modelo 220

Consolidación Fiscal de Grupos Empresariales

Tribute como una única unidad fiscal. Control técnico del perímetro, base imponible consolidada y operaciones intragrupo con seguridad jurídica.

Solicitar diagnóstico del grupo fiscal

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¿Qué permite la consolidación fiscal?

La consolidación fiscal es un régimen del Impuesto sobre Sociedades que permite que un grupo de sociedades tribute como una única unidad, optimizando la carga fiscal y centralizando la gestión a través del Modelo 220.

No es solo una opción formal: exige un control técnico preciso del perímetro, de la base imponible consolidada y de las operaciones intragrupo.

Especialmente relevante en estructuras con varias sociedades o en procesos de reorganización donde existe una estructura holding para grupos empresariales.

El régimen permite:

Compensar resultados Eliminaciones intragrupo Tributación centralizada Control de BINs
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Requisitos clave del régimen

Acceder al régimen de consolidación fiscal exige cumplir condiciones de participación, perímetro y formalización. Un error en cualquiera de ellos puede invalidar toda la estructura.

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Entidad dominante

Mayoría de derechos de voto en las dependientes.

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Perímetro fiscal

Identificación clara de sociedades incluidas.

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Opción formal

Comunicación expresa a la Administración.

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Coherencia contable

Alineación con realidad operativa.

En muchos casos, conviene revisar previamente operaciones como el canje de valores o aportaciones no dinerarias para garantizar que el perímetro es el correcto.

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Riesgos habituales

Estos errores suelen aparecer en comprobaciones de la AEAT si no existe una revisión técnica previa, especialmente en grupos que han pasado por procesos de reestructuración empresarial.

Perímetro incorrecto

Incluir o excluir sociedades de forma errónea invalida el cálculo de la base consolidada.

Mala aplicación de BINs

Compensar bases negativas o deducciones sin trazabilidad genera regularizaciones.

Errores en eliminaciones intragrupo

Operaciones entre sociedades deben neutralizarse para evitar efectos fiscales duplicados.

Arrastrar errores individuales

Errores en declaraciones individuales se propagan a la consolidación.

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Modelo 220 y defensa ante la AEAT

El Modelo 220 es la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los grupos en régimen de consolidación fiscal. Lo presenta la entidad dominante e incluye la base imponible consolidada.

Su presentación debe estar respaldada por documentación sólida y coherencia entre los datos contables y fiscales. Asistimos tanto en la fase preventiva como en procedimientos de comprobación o inspección.

Respaldo documental necesario:

 

Correcta composición del grupo

 

Trazabilidad de BINs y deducciones

 

Coherencia contable y fiscal

 

Justificación de ajustes intragrupo

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Consolidación fiscal dentro de la estrategia del grupo

La consolidación fiscal debe coordinarse con otras decisiones estructurales clave. Una mala coordinación puede generar ineficiencias o riesgos fiscales relevantes que afectan al conjunto del grupo.

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Nuestro enfoque en tres fases

Seguridad jurídica y prevención de contingencias en cada etapa del proceso.

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Diagnóstico del grupo

Análisis de la composición societaria, perímetro fiscal, participaciones y contingencias latentes. Revisión de operaciones previas de reestructuración.

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Consolidación técnica

Cálculo de la base imponible consolidada. Eliminaciones intragrupo, trazabilidad de BINs y deducciones. Coherencia contable-fiscal.

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Presentación y defensa

Preparación del Modelo 220 con documentación de soporte. Asistencia en procedimientos de comprobación o inspección ante la AEAT.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la consolidación fiscal de un grupo de empresas?

Es un régimen del Impuesto sobre Sociedades que permite que varias sociedades tributen como una única unidad fiscal, presentando una declaración conjunta mediante el Modelo 220. Resulta especialmente relevante en grupos organizados bajo una estructura holding.

¿Qué ventajas tiene la consolidación fiscal?

Permite compensar beneficios y pérdidas entre sociedades del grupo, optimizar la carga fiscal global, simplificar la gestión tributaria y centralizar el control fiscal. Estas ventajas resultan especialmente relevantes cuando el grupo ha sido ordenado mediante procesos de reestructuración empresarial.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Se requiere una entidad dominante, participación suficiente en las dependientes, ejercicio de la opción y correcta delimitación del perímetro. En muchos casos, estos requisitos deben analizarse junto con operaciones previas como el canje de valores.

¿Qué es el Modelo 220 y quién debe presentarlo?

Es la declaración del Impuesto sobre Sociedades para grupos en consolidación. Lo presenta la entidad dominante e incluye la base imponible consolidada, integrando los resultados de todas las sociedades del grupo fiscal.

¿Cómo se calcula la base imponible consolidada?

Se obtiene a partir de la suma de las bases individuales de cada sociedad, ajustada mediante eliminaciones de operaciones intragrupo, ajustes fiscales específicos y compensación de bases imponibles negativas. Exige una elevada coordinación técnica.

¿Qué son las eliminaciones intragrupo?

Son ajustes que evitan que operaciones entre sociedades del grupo generen efectos fiscales duplicados. Ingresos y gastos entre empresas del grupo deben neutralizarse para reflejar correctamente la tributación conjunta.

¿Qué riesgos tiene aplicar mal la consolidación fiscal?

Los errores más habituales incluyen definir incorrectamente el perímetro, aplicar mal BINs o deducciones, no eliminar operaciones intragrupo y falta de coherencia contable-fiscal. Pueden dar lugar a regularizaciones por parte de la AEAT.

¿Cuándo conviene aplicar la consolidación fiscal?

Cuando existen varias sociedades con resultados dispares, se busca optimizar la tributación global, el grupo tiene una estructura estable y se quiere centralizar la gestión fiscal. Su conveniencia debe analizarse en coordinación con la creación de una sociedad holding.

¿Se puede aplicar tras una reestructuración?

Sí, pero es necesario revisar que la nueva estructura cumple los requisitos del régimen. Tras fusiones, escisiones o canjes de valores, conviene analizar si el perímetro sigue siendo correcto.

Solicitar diagnóstico del grupo fiscal

Analizamos su grupo, validamos el perímetro de consolidación y detectamos riesgos antes de la presentación del Modelo 220.

¿Su grupo tributa de forma eficiente?

La consolidación fiscal, bien aplicada, optimiza la tributación global y protege al grupo frente a contingencias con la AEAT.

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