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Arbitraje / Escrito por: Berta Raich Lloveras

Aplazamientos sin garantías hasta 50.000 euros


Previsiblemente a partir del día 15 de abril, se permitirá a empresas y autónomos aplazar o fraccionar deudas con Hacienda de hasta 50.000 euros sin necesidad de aportar aval o garantía.

En la actualidad este límite se encuentra establecido en 30.000 euros en la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre. El objetivo es actualizar este umbral para que sea más concuerdo a la realidad económica actual.

Aunque esta medida no es definitiva puesto que todavía se encuentra en fase de tramitación, se prevé su entrada en vigor a partir del próximo día 15 de abril de 2023 sin efectos retroactivos.

Como siempre, los profesionales de RAICH & LÓPEZ ROYO están preparados para ofrecer a cualquier empresa un asesoramiento individualizado y de calidad sobre este tema. Así mismo, estaremos encantados de resolver cualquier duda.