Impuesto sobre Sociedades · Modelo 220

Consolidación Fiscal de Grupos Empresariales

Tributación del grupo como una única unidad fiscal. Control técnico del perímetro, base imponible consolidada y operaciones intragrupo con seguridad jurídica.

Solicitar diagnóstico del grupo fiscal

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¿Qué permite la consolidación fiscal?

La consolidación fiscal es un régimen del Impuesto sobre Sociedades que permite que un grupo de sociedades tribute como una única unidad, optimizando la carga fiscal y centralizando la gestión a través del Modelo 220.

No es solo una opción formal: exige un control técnico preciso del perímetro, de la base imponible consolidada y de las operaciones intragrupo.

Este régimen adquiere especial relevancia en estructuras corporativas que han implementado un diseño de sociedad holding para unificar la toma de decisiones.

El régimen permite:

Compensar resultados Eliminaciones intragrupo Tributación centralizada Control de BINs
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Requisitos clave del régimen

Acceder al régimen de consolidación fiscal exige cumplir condiciones de participación, perímetro y formalización. Un error en cualquiera de ellos puede invalidar toda la estructura.

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Entidad dominante

Mayoría de derechos de voto en las dependientes.

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Perímetro fiscal

Identificación clara de sociedades incluidas.

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Opción formal

Comunicación expresa a la Administración.

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Coherencia contable

Alineación con realidad operativa.

En muchos casos, conviene revisar previamente operaciones como el operaciones de canje de valores o las aportaciones no dinerarias corporativas para garantizar que la delimitación del perímetro cumple estrictamente los criterios de la AEAT.

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Riesgos habituales

Estos errores suelen aparecer en comprobaciones de la Inspección si no existe una auditoría técnica previa, especialmente en corporaciones que han implementado procesos de reestructuración empresarial.

Perímetro incorrecto

Incluir o excluir sociedades de forma errónea invalida el cálculo de la base consolidada del grupo fiscal.

Mala aplicación de BINs

Compensar bases negativas o deducciones sin la debida trazabilidad individual genera regularizaciones severas.

Errores en eliminaciones

Operaciones comerciales intragrupo deben neutralizarse para evitar efectos fiscales duplicados en el balance.

Arrastrar errores individuales

Inexactitudes técnicas en las declaraciones individuales de las filiales se propagan y dañan la consolidación.

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Modelo 220 y defensa ante la AEAT

El Modelo 220 es el documento oficial de declaración del Impuesto sobre Sociedades bajo régimen consolidado. Lo presenta la cabecera dominante e integra los estados contables unificados.

Su liquidación exige el respaldo de un dossier documental técnico impecable. Asistimos a la dirección financiera tanto en la fase de optimización preventiva como en procedimientos de inspección ante la AEAT.

Para ello, resulta clave que la arquitectura del grupo haya sido revisada previamente mediante una estrategia estructurada de reestructuración del grupo empresarial.

Respaldo documental necesario:

Correcta composición del grupo

Trazabilidad de BINs y deducciones

Coherencia contable y fiscal

Justificación de ajustes intragrupo

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Nuestro enfoque en tres fases

Seguridad jurídica y prevención de contingencias en cada etapa del proceso.

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Diagnóstico del grupo

Análisis minucioso de la composición de socios, verificación de las relaciones de participación y auditoría de contingencias previas a la consolidación del balance.

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Consolidación técnica

Cálculo riguroso de la base imponible consolidada. Ejecución de eliminaciones intragrupo, control de BINs y mantenimiento de la coherencia contable-fiscal.

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Presentación y defensa

Confección técnica del Modelo 220 con pleno soporte documental. Asistencia letrada especializada en comprobaciones o requerimientos de información ante la AEAT.

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Preguntas frecuentes sobre Consolidación fiscal

Respuestas de orientación fiscal sobre el régimen de consolidación, el Modelo 220 y las principales cautelas en grupos de sociedades.

¿Qué es la consolidación fiscal de un grupo de empresas?

Es un régimen especial del Impuesto sobre Sociedades que permite que un conjunto de mercantiles vinculadas tribute de forma unificada, determinando de manera conjunta la deuda tributaria y presentando un único Modelo 220 a través de la entidad dominante matriz.

¿Qué ventajas tiene la consolidación fiscal?

La ventaja principal es la compensación inmediata de bases imponibles negativas (pérdidas) generadas por unas sociedades con los beneficios de otras filiales del grupo en el mismo ejercicio, optimizando el flujo de caja global y eliminando la retención en origen sobre dividendos intragrupo.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Se requiere que la entidad dominante ostente una participación directa o indirecta de al menos el 75% del capital social (70% en cotizadas) de las sociedades dependientes al inicio del periodo impositivo, poseer la mayoría de los derechos de voto y formalizar el acuerdo en los consejos de administración correspondientes.

¿Qué es el Modelo 220 y quién debe presentarlo?

Es el modelo oficial de declaración del Impuesto sobre Sociedades para grupos fiscales. Su presentación telemática recae de forma exclusiva sobre la sociedad dominante del perímetro consolidado dentro del plazo general de autoliquidación del impuesto.

Solicitar diagnóstico del grupo fiscal

Analizamos su grupo, validamos el perímetro de consolidación y detectamos riesgos antes de la presentación del Modelo 220.

¿Su grupo tributa de forma eficiente?

La consolidación fiscal, bien aplicada, optimiza la tributación global y protege al grupo frente a contingencias regulatorias con la AEAT.

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