Fiscalidad internacional · Andorra · Impuestos
IRPF, IGI e Impuesto de Sociedades de Andorra explicados, con tramos y ejemplos.
Economista y asesor fiscal en Raich & Via.
Respuesta directa
Andorra tiene tres impuestos principales y de tipos bajos: el IRPF, con tramos del 0%, 5% y 10% (máximo 10%); el IGI, su IVA, con tipo general del 4,5%; y el Impuesto de Sociedades, con tipo general del 10%. No existe impuesto sobre el patrimonio. Ahora bien, para beneficiarte de esta fiscalidad hay que ser residente fiscal en Andorra de verdad: pagar poco allí no sirve de nada si sigues siendo residente fiscal en España.
La fama de Andorra viene de sus tipos bajos, y es merecida: su sistema fiscal es sencillo y competitivo. Pero conviene conocer el detalle —qué grava cada impuesto y con qué tramos— para no confundir titulares con realidad. Este artículo repasa el IRPF, el IGI y el Impuesto de Sociedades andorranos.
Resumen ejecutivo
IRPF con tramos 0% / 5% / 10% (máximo 10%), IGI (IVA) general del 4,5% e Impuesto de Sociedades del 10%, sin impuesto sobre el patrimonio. Es una fiscalidad baja y simple, pero solo aprovechable por quien reside fiscalmente en Andorra.
IRPF en Andorra: tramos
El impuesto sobre la renta de las personas físicas andorrano es progresivo pero con un tipo máximo muy bajo. Sus tramos generales son:
Base anual | Tipo |
|---|---|
Hasta 24.000 € | 0% |
De 24.000 € a 40.000 € | 5% |
Más de 40.000 € | 10% |
El tipo general y máximo es del 10%. Andorra tampoco aplica un impuesto sobre el patrimonio, lo que refuerza su atractivo para quien gestiona un patrimonio importante. Existen reglas específicas para las rentas del ahorro y del capital, con sus propias particularidades.
IGI: el IVA andorrano
El Impost General Indirecte (IGI) es el equivalente andorrano al IVA, y su tipo general del 4,5% es uno de los más bajos de Europa (frente al 21% general español). Como el IVA, tiene varios tipos según el bien o servicio:
- 0% (superreducido), 1% (reducido, p. ej. alimentación), 2,5% (especial), 4,5% (general) y 9,5% (incrementado, servicios bancarios y financieros).
Ese IGI bajo abarata el consumo y es una de las razones del comercio andorrano, pero para una empresa lo relevante es el IS.
Impuesto de Sociedades
El Impuesto de Sociedades andorrano tiene un tipo general del 10%, con regímenes especiales (como el de sociedades de tenencia de participaciones). Es la pieza clave para quien piensa en montar o trasladar una empresa, y su aplicación depende de que la sociedad resida y se dirija realmente desde Andorra.
El detalle —constitución, sustancia, residencia de la sociedad y cómo lo mira Hacienda— lo desarrollamos en crear una empresa en Andorra.
La cotización social (CASS)
Además de los impuestos, quien trabaja en Andorra cotiza a la seguridad social andorrana (CASS). No es un impuesto, pero forma parte de la carga y del acceso a prestaciones; conviene tenerlo en cuenta al comparar la presión fiscal real entre países.
El matiz que lo cambia todo: hay que ser residente allí
Estos tipos solo se aplican a quien es residente fiscal en Andorra. Obtener el permiso de residencia andorrano no basta: hay que dejar de ser residente fiscal en España (donde se es residente por permanecer más de 183 días o por tener aquí el núcleo de intereses económicos). Lo desarrollamos en residencia en Andorra: activa vs pasiva.
Y para ver cuánto se ahorra realmente frente a la fiscalidad española, con las cifras al lado, está la comparativa Andorra vs España.
Errores frecuentes
El primero es quedarse con «se paga el 10%». El IRPF es progresivo (0/5/10) y hay que mirar el conjunto de la carga, incluida la CASS.
El segundo es creer que basta con facturar desde Andorra. Sin residencia fiscal real allí, estos tipos no te aplican.
El tercero es olvidar las rentas del ahorro y las particularidades. No toda renta tributa igual; conviene analizar el caso concreto.
Conclusión
La fiscalidad andorrana es baja y sencilla —IRPF máximo 10%, IGI 4,5%, IS 10% y sin patrimonio—, pero es una fiscalidad para residentes. La pregunta útil no es cuánto se paga en Andorra, sino si de verdad puedes trasladar allí tu residencia o tu empresa de forma que estos tipos te sean aplicables.
Para la visión completa del tema, consulta la guía de fiscalidad en Andorra.
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Analizamos tu caso —renta, patrimonio, actividad— y qué exige el traslado para que estos tipos te sean aplicables.
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ANÁLISIS TÉCNICO DE RAICH & VIA
Comparar tipos no es comparar cargas
Enfrentar «10% andorrano» con «tipos españoles» sin más es engañoso: hay que comparar cargas efectivas sobre el mismo supuesto, incluir la cotización social y, sobre todo, verificar que la persona o la sociedad son realmente residentes en Andorra. Un tipo bajo aplicado a quien sigue siendo residente fiscal español no ahorra nada; genera contingencia.
Fuentes normativas y oficiales
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El análisis debe adaptarse a la renta, el patrimonio, la actividad y la residencia de cada caso.
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Este contenido ofrece información general y no sustituye el análisis jurídico o fiscal individualizado del expediente.